martes, 10 de febrero de 2015

¿Cómo proteges tu marca?

 
                           

Una marca desempeña un papel clave en la estrategia de comercialización de las empresas, ya que sirve para diferenciar claramente sus productos o servicios de los de la competencia.
Tener registrada una denominación social en el Registro Mercantil, no supone que el nombre esté también protegido como marca. La marca es un signo que permite a los empresarios distinguir sus productos o servicios frente a los productos o servicios de los competidores.
El nombre comercial es el signo o denominación que identifica a una empresa en el tráfico mercantil y que sirve para identificarla, individualizarla y distinguirla de las demás empresas que desarrollan actividades idénticas o similares.
La denominación social es el nombre que identifica a una persona jurídica en el tráfico mercantil como sujeto de relaciones jurídicas y, por tanto, susceptible de derechos y obligaciones.
El nombre comercial no es preciso que coincida con la denominación social y puede elegirse, por tanto, un nombre comercial diferente de la denominación social. Una misma persona natural o jurídica puede tener, si lo desea, varios nombres comerciales para identificar actividades empresariales pertenecientes a diferentes sectores del tráfico económico.
Las marcas y nombres comerciales se inscriben en la Oficina Española de Patentes y Marcas, (www.oepm.es) y las denominaciones sociales en el Registro Mercantil Central.
Una vez que hemos elegido correctamente la marca, conviene realizar un informe de búsqueda de los antecedentes registrales, para comprobar que la marca no incumple con niguna de las prohibiciones legales de registro. Este informe se puede solicitar o bien directamente a la OEPM y bien a cualquier organismo autónomico que ofrezca dicho servicios o a profesionales independientes.

Los trámites de la solicitud para obtener el registro de la marca son los siguientes:

      1) Presentación de la propuesta.
      2) Examen de forma
      3) Examen de licitud
      4) Publicación en el BOPI de la solicitud
      5) Examen de fondo
      6) Concesión / Denegación

La marca se concede por diez años desde la fecha de la solicitud y puede renovarse indefinidamente por periodos sucesivos de diez años. La protección obtenida con el registro de la marca se extiende por todo el territorio nacional, aunque también es posible obtener una protección internacional realizando los trámites pertinentes.

Por último, comentar que el tiempo medio para la obtención del registro de marca oscila entre los 7 meses desde la fecha de la presentación del formulario, hasta los 12 meses que puede durar la solicitud si no sufre ningún suspenso (o 20 meses si lo sufriera).
 
 

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